5. Principios de protección de datos (I).

5. Principios de protección de datos (I).

¡Hola! El tema sobre el quevamos a trabajar es: Los principiosde protección de datos. Lo dividiremos en dos partes.En este vídeo explicaremos la primera. Antes de comenzares importante ser consciente de que todas las personasque utilizamos datos personales tenemos una gran responsabilidad,y que debemos tratarlos con cautela al realizar las tareasde trabajo cotidianas. El Reglamento Generalde Protección de Datos establece una serie de principiosde necesario cumplimiento para quien tratedatos personales. Son los siguientes: Licitud, transparencia,limitación de la finalidad, lealtad, minimización de datos,exactitud, limitación del plazo de conservación,integridad y confidencialidad, y responsabilidad proactiva. En este vídeo explicaremoslos cuatro primeros. ¿Empezamos? Licitud: Solo se pueden tratar los datospara los que tengamos una base legitimadora. Para ello tiene que cumplirse al menosuna de las siguientes condiciones: Que la persona interesadao titular de los datos dé su consentimiento mediante un acto afirmativo claro,en el que haya manifestado su voluntad libre, específica,informada e inequívoca. Que el tratamiento sea necesariopara la ejecución de un contrato o de medidasprecontractuales. Que el tratamiento sea necesariopara cumplir una obligación legal. Que el tratamiento sea necesariopara proteger intereses vitales. Que el tratamiento sea necesariopara el cumplimiento de una misión realizada en interés públicoo en el ejercicio de poderes públicos. Que el tratamiento satisfagaintereses legítimos de la persona o entidad responsable,siempre que no prevalezca el interésde la persona titular. ¿Cuáles son las bases legitimadorasmás habituales en la Administración Pública? Las de obligación legaly el interés público o el ejerciciode poderes públicos. En este ámbito,el consentimiento es casi anecdótico, ya que la Administracióndeberá estar generalmente amparada por una norma con rango de leypara realizar el tratamiento. Pensemos en el accesoa una historia clínica o a unadeclaración de la renta. En estos casos,el tratamiento se basa en el ejercicio de poderes públicosy no en un consentimiento. Además, cuando se tratancategorías especiales de datos, como por ejemplo la orientación sexual,el origen étnico... se deben cumplircondiciones más estrictas para demostrarque esos tratamientos son lícitos. Transparencia: El segundo principiode la protección de datos es la transparencia. La persona interesadadebe ser siempre informada de los tratamientosque se van a realizar con sus datos. Quien sea responsablede dichos tratamientos debe identificarse como tal,explicar de forma clara para qué y por quése van a tratar esos datos, durante cuánto tiempose conservarán, si se van a compartir, y los derechosque la persona titular puede ejercersobre los mismos. También hay que indicarlecuándo tiene la obligación de facilitar datos personales,y las consecuencias de no hacerlo. Toda la informacióndebe ser de fácil acceso y expresada en un lenguajeclaro y sencillo. Limitación de la finalidad: La limitación de la finalidadalude a que los datos deben ser recogidoscon fines previamente determinados, explícitos y legítimos,y no serán tratados posteriormente de manera incompatiblecon dichos fines. Lealtad: El último de los principiosque vamos a abordar hoy es el de lealtad. Este principio exigeque los datos recabados solo se utilicen para el fin determinadoe informado con anterioridad. Por lo tanto, este principioestá íntimamente ligado con del de limitación de la finalidady el de transparencia. Ideas clave: Para terminar, vamos a repasartodo lo aprendido. Licitud: Solo se pueden tratar los datospara los que tengamos una base legitimadora. Transparencia: Hay que informar siemprea la persona titular o interesada sobre qué se va a hacer,quién es responsable del tratamiento, y cuáles son sus derechosy cómo ejercerlos. Limitación de la finalidad: Los fines del tratamientodeben estar determinados antes de recoger los datos. Y por último, lealtad. Solo se deben tratarlos datos personales para los fines determinadose informados. Esperamos que la informaciónque te hemos facilitado haya quedado claray puedas aplicarla en el día a día. ¡Muchas gracias! Y recuerda: detrás de un dato,hay una persona como tú.

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